Pasaportes

Sacar el pasaporte en Bolívar no será un dolor de cabeza: precios y requisitos actualizados

Conozca cuánto cuesta sacar el pasaporte en Bolívar, los requisitos, documentos necesarios y recomendaciones para hacer el trámite sin problemas.

Diseñado por Magnific - www.magnific.com Pasaporte (imagen de referencia)

La expedición del pasaporte es un trámite indispensable para los colombianos que tienen previsto viajar al exterior.

En Bolívar, el proceso se realiza a través de la Oficina de Pasaportes de la Gobernación, donde los ciudadanos deben agendar una cita, cumplir con los requisitos establecidos y cancelar el valor correspondiente al documento. Para este 2026, las autoridades actualizaron las tarifas y recordaron una serie de recomendaciones que pueden facilitar el trámite y evitar contratiempos.

¿Cuánto vale el Pasaporte?

Pagar el valor correspondiente a la liquidación de impuestos más el valor de la libreta así:

Pasaporte ordinario:

  • Valor libreta: $ 116.600.
  • Valor impuesto: $135.018.
  • Valor total: $251.618.

Pasaporte ejecutivo:

  • Valor libreta: $256.400.
  • Valor impuesto: $135.018.
  • Valor total: $391.418.

Pasaporte exento:

  • Valor libreta: $-0-.
  • Valor impuesto: $56.018.
  • Valor total: $56.018.

Pasaporte emergencia:

  • Valor libreta: $201.700.
  • Valor impuesto: $56.018.
  • Valor total: $257.718.

(Impuesto incluido).

Si presenta certificado electoral de la última votación tiene un descuento por una sola vez del 10% sobre el valor de la libreta.

Requisitos para pasaportes

Para mayores de edad:

  • Cédula de Ciudadanía original en formato válido, amarillo con holograma en buen estado o cédula digital en físico.
  • Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:
  • Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y debe presentarse con la copia simple del folio del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, según el caso.
  • Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella.
  • No se aceptará contraseña, ni se expedirá pasaporte por solicitud de RECTIFICACION de cédula de ciudadanía, tampoco se aceptará contraseña alguna con enmendaduras o en mal estado.
  • Presentar pasaporte anterior, si lo tiene (para anular hojas en blanco y devolverlo de inmediato).
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante deberá informarlo a la oficina bajo la gravedad de juramento.
  • La oficina expedidora, de considerarlo pertinente, podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.

Para menores de edad:

  • Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento expedido por Notario, Cónsul o Registrador, según sea el caso (no se acepta Certificado del Registro Civil, ni la copia para el usuario ni registro civil digital), y el menor debe estar acompañado de uno de los padres debidamente identificado en el registro civil; o su representante legal.
  • Si el menor cumplió los siete (7) años de edad, debe presentar el original de su tarjeta de identidad y la copia autentica del folio del registro civil de nacimiento.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene (para anular hojas en blanco y devolverlo de inmediato).

Si los padres del menor se encuentran ausentes, deben dar autorización a un tercero para efectuar el trámite con el menor, para lo cual debe tener en cuenta:

  • Presentar poder especial otorgado por los DOS padres a un tercero, ante notario público si se encuentran dentro del país.
  • Si se encuentran en el exterior ante el Consulado Colombiano; si no existe Consulado Colombiano, ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado.
  • El poder siempre debe presentarse en español o traducido, mediante traductor oficial, según sea el caso.
  • Siempre que el trámite se haga a través de un tercero, este se debe identificar con su documento original en buen estado y allegar copia a color de los documentos de identidad de los padres del menor, o el registro civil de defunción en caso de que uno de los padres haya fallecido.
  • El poder debe ser claro y en el mismo se deben identificar con nombres completos y su documento de identidad a los padres, al menor y al tercero que lo represente.

Para tener en cuenta

  • El trámite y entrega del pasaporte es de manera personalizada. Sin intermediarios.
  • El pasaporte solo se puede reclamar en el centro administrativo de la Gobernación de Bolívar ubicado en Cra 6 #38-124, Calle del Tejadillo, Centro, Cartagena – Bolívar (Junto al antiguo Colegio de La Esperanza).
  • Los documentos presentados deben estar en buen estado (sin deterioro).
  • Solo el padre o representante legal que acompaña al menor en el trámite puede reclamarlo.
  • El titular tiene un plazo de un (1) mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar su reposición en caso de error en la hoja de datos biográficos. Vencido el plazo, deberá tramitar y pagar uno nuevo.
  • Si transcurrido 6 meses contados a partir de la fecha de expedición del pasaporte, el titular no lo reclama este será anulado y devuelto al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Cada vez que un Colombiano cambia de tipo de documentos; es decir, de registro civil a tarjeta de identidad y de tarjeta de identidad a cédula, deberá cambiar su pasaporte dado que su documento de identificación ha cambiado (Obligatoriedad suspendida por la Resolución 9270 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores).

Información completa en la página oficial de la Gobernación de Bolívar: https://www.bolivar.gov.co/