DATT

¡Atención conductores! Conoce hasta cuándo hay plazo para el traspaso de vehículo a persona indeterminada

De acuerdo con el DATT, este procedimiento permite al antiguo dueño desvincularse jurídicamente del vehículo cuando la venta no fue registrada, evitando así futuras afectaciones por multas, impuestos, embargos o procesos legales.

Datt Cartagena Plazo para el traspaso de vehículo

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) informó que hasta el 6 de febrero de 2026 estará habilitado el trámite de traspaso de vehículo a persona indeterminada, un mecanismo de carácter transitorio dirigido a propietarios que vendieron su automotor pero nunca formalizaron el traspaso ante la autoridad de tránsito.

La medida se adopta en cumplimiento de la Resolución 20261010000047 del Ministerio de Transporte, y busca ofrecer una salida legal a ciudadanos que ya no tienen posesión del vehículo ni contacto con el comprador, pero que aún figuran como responsables en los registros oficiales.

De acuerdo con el DATT, este procedimiento permite al antiguo dueño desvincularse jurídicamente del vehículo cuando la venta no fue registrada, evitando así futuras afectaciones por multas, impuestos, embargos o procesos legales derivados del uso del automotor por parte de terceros.

La entidad explicó que el traspaso a persona indeterminada aplica en casos donde el propietario perdió la tenencia material del vehículo y desconoce su paradero actual. Con este trámite, se deja constancia formal de la situación en el sistema, protegiendo al titular registrado frente a responsabilidades posteriores.

Entre los principales beneficios de realizar el trámite dentro del plazo establecido se encuentran la posibilidad de quedar legalmente desligado de comparendos e infracciones futuras, evitar reportes negativos por deudas asociadas al vehículo, actualizar la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y prevenir consecuencias judiciales en caso de accidentes o usos indebidos.

Para acceder al proceso, los solicitantes deben cumplir varios requisitos obligatorios. Entre ellos, diligenciar el formulario oficial de solicitud de trámite, disponible gratuitamente en las plataformas del RUNT y del Ministerio de Transporte, presentar el pago de la retención en la fuente del 1 % sobre el avalúo comercial del vehículo y contar con los comprobantes de impuesto vehicular y estampillas correspondientes, según el tipo de automotor.

También se exige un documento juramentado firmado por el propietario donde declare la fecha de la venta, explique las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y manifieste que desconoce su ubicación. Si el titular es una persona jurídica, debe adjuntar certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a 30 días.

Otro requisito es estar inscrito previamente en el RUNT. Si el trámite se realiza mediante un tercero, este debe estar registrado en la plataforma y presentar poder autenticado o con nota de presentación personal que lo autorice a adelantar la gestión.

El valor del trámite fue fijado en $165.255, que corresponde a los derechos de tránsito establecidos por la autoridad. El DATT recomienda a los ciudadanos verificar previamente toda la documentación para evitar rechazos o demoras en el proceso.

En cuanto a la atención al público, el DATT habilitó sus tres sedes en Cartagena para recibir las solicitudes dentro de los horarios establecidos. En la sede Manga la jornada es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en horario continuo. En las sedes de Espinal y Ronda Real, la atención es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 2:00 p. m. a 4:30 p. m.

La autoridad de tránsito reiteró que el plazo es improrrogable y vence el viernes 6 de febrero, por lo que invitó a los propietarios en esta situación a realizar el trámite con anticipación para evitar congestiones de última hora y asegurar la actualización legal de su estado frente al vehículo.

Temas relacionados