Pico y Placa Cartagena

Pico y placa en Cartagena del 14 al 17 de julio: que no lo coja mal parqueado

Esta semana el lunes no habrá pico y placa por el festivo, pero la medida volverá a regir entre el martes 15 y el jueves 17 de julio.

@DATT_Cgena/X Pico y placa en Cartagena

Los conductores en Cartagena deberán tener en cuenta que el lunes 13 de julio no habrá pico y placa por ser día festivo, debido al traslado de la celebración del Día de la Virgen de Chiquinquirá, que se conmemora el 9 de julio. Por esta razón, la restricción vehicular volverá a aplicarse desde el martes 14 hasta el viernes 17 de julio de 2026 para vehículos particulares, motocicletas y taxis.

La medida hace parte de lo establecido por la Alcaldía de Cartagena, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), mediante el Decreto 0015 de 2026, que regula la circulación de vehículos por el último dígito de la placa.

La rotación para vehículos particulares y motocicletas está vigente hasta el 2 de octubre de 2026, mientras que la correspondiente a los taxis se mantendrá hasta el 31 de julio de 2026.

Pico y placa en Cartagena para vehículos particulares

Debido a que el lunes 13 de julio es festivo, la restricción comenzará a aplicarse el martes 14 de julio con la siguiente rotación:

  • Martes 14 de julio: placas terminadas en 1 y 2
  • Miércoles 15 de julio: placas terminadas en 3 y 4
  • Jueves 16 de julio: placas terminadas en 5 y 6
  • Viernes 17 de julio: placas terminadas en 7 y 8

Para los vehículos particulares, el pico y placa funciona en dos franjas horarias: de 7:00 a. m. a 9:00 a. m. y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m.

Pico y placa para taxis en Cartagena

Los vehículos de servicio público individual tipo taxi también tendrán restricción durante esos días con la siguiente programación:

  • Martes 14 de julio: placas terminadas en 9 y 0
  • Miércoles 15 de julio: placas terminadas en 1 y 2
  • Jueves 16 de julio: placas terminadas en 3 y 4
  • Viernes 17 de julio: placas terminadas en 5 y 6

Para los taxis, la restricción opera desde las 6:00 a. m. hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, por lo que se mantiene durante 24 horas.

Restricción nocturna para motocicletas en Cartagena

El Decreto 0015 de 2026 mantiene la restricción de circulación nocturna entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. del día siguiente para motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, así como para cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con motor de combustión interna.

Los trabajadores de empresas y comercios formalmente constituidos podrán solicitar una excepción ante el DATT, siempre que presenten la documentación requerida, como la licencia de conducción, licencia de tránsito, SOAT vigente, revisión técnico-mecánica cuando aplique y los soportes que acrediten la relación laboral o contractual. También deberán estar al día en obligaciones por infracciones y derechos de tránsito, cuando el vehículo esté matriculado en Cartagena. Una vez aprobada la solicitud, deberán pagar el derecho de tránsito correspondiente al permiso de pico y placa.

Además, hasta el 4 de enero de 2027 continúa la restricción para el ingreso y circulación de motocicletas en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, medida que también cobija a cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con motor de combustión interna.

El DATT informó que continuará realizando operativos de control y jornadas pedagógicas en distintos sectores de Cartagena para verificar el cumplimiento de las restricciones y de las demás disposiciones establecidas en el decreto vigente.